¿Existen derechos sobre las imágenes de Internet?

Hace unos días coincidí en la entrega de los premios Periodista Ciudadano con Paloma Llaneza, abogada; y dando ahora una vuelta por su blog me encuentro con el siguiente comentario:

David – Una pregunta: utilizar las imagenes de un sitio web que pueden no ser compradas exclusivamente por ellos sino que se estén pegando un farol en otro sitio web de tu propiedad aunque las imagenes no estén alojadas en tu servidor es ilegal o si las imagenes se difunden tanto por internet se entiende que no existe derecho alguna sobre la misma.

Pues verás, David, cada caso es un mundo. A continuación te voy a trazar las líneas básicas del derecho español al respecto, no constituyendo un dictamen ni asesoramiento jurídico aplicable a casos concretos. Y te recuerdo que un buen asesoramiento a tiempo es mejor que una reclamación dineraria futura. Vamos allá:

La publicación de obras (imágenes, dibujos, fotografías…) a través de Internet responde a uno de los derechos patrimoniales del autor, que es el de comunicación pública en su modalidad de puesta a disposición, del artículo 20 de la Ley de Propiedad Intelectual. Esto quiere decir que el autor, o aquella persona a la que se le haya cedido esta facultad, está ejercitando su derecho a poner su obra en Internet; pero, por supuesto, no está renunciando a todos los demás (reproducción, distribución, etc.) con lo que tendrás que solicitarle permiso para usarla.

Así pues, podemos decir que la puesta a disposición de fotografías a través de Internet no implica nunca el abandono de ninguno de los derechos que la ley le reconoce al autor sobre sus obras.

Por ello, recomiendo no utilizar en ningún caso las fotografías de Google Imágenes u otros buscadores semejantes.

Si quieres acceder imágenes de alta resolución, “libres” de casi todos los derechos de autor, a día de hoy puedes usar las que proveen servicios como:

  • SXC (es la que utilizo para ilustrar este blog)
  • Creative Commons (aquí hay de todo pero muy desorganizado)
  • Morquefile (no lo he probado nunca)
  • CNICE (para fines educativos no lucrativos)
  • YotoPhoto (en construcción)
  • PD Photo (miles de fotografías listas para usar)

En cualquier caso, tienes que estar siempre atento a las licencias específicas que cada página especifique para las obras que alberga. Del mismo modo, te recuerdo que has de respetar siempre los derechos morales del autor (divulgación, paternidad, integridad y demás derechos del artículo 14 LPI, enumerados en el primer informe).

Y sobre tu duda acerca de la opción de embeber una foto de tal forma que no se almacene en tu servidor sino que se visualice desde el servidor del autor (vamos, el “iframe” de toda la vida), pues me temo que tampoco podrías hacerlo. Es cierto que no te estás descargando la foto, ni la estás almacenando, ni la subes a Internet… pero estás comunicándola públicamente sin haber obtenido este derecho previamente de su autor. Además, estás aprovechándote indebidamente del ancho de banda contratado por el autor ya que la foto se carga desde su servidor cada vez que recargas la página y se actualizan sus objetos. En definitiva, si usas una imagen, asegúrate de tener la licencia. Más vale un post sin imagen que post sin derechos.

En definitiva, sí existen derechos sobre las imágenes que encuentres en Internet.

Si este artículo te ha sido útil, invítame a media pinta (Sugerencia: 3€ para 1/2 pinta)

Envía este artículo:
  • Bitacoras.com
  • Meneame
  • BarraPunto
  • del.icio.us
  • Facebook
  • StumbleUpon
  • Technorati
  • Wikio
  • Twitter
  • email
  • PDF
Entradas relacionadas:

7 Respuestas a “¿Existen derechos sobre las imágenes de Internet?”


  1. ¿Existen derechos sobre las imágenes de Internet?…

    Un interesante y sencillo análisis jurídico, y además una breve lista de proveedores para encontrar imágenes libres de derechos. Seguro que los comentaristas añaden alguno más….

  1. 1usuario

    Mi consejo, es que si una imagen os parece interesante, os la guardéis al ordenador, y luego en la web, pongáis SOLO en enlace a la foto.

    Otra opción es preguntar al autor original si permite poner una copia, o una copia a baja resolución, que enlace con la original.

  2. 2Pablo F Burgueño

    Acabo de añadir uno más a la lista: PD Photo. Gracias por el meneame ;)

  3. 3Santi

    Hola. Tengo una duda pues quiero montar un foro en el que se pueden subir imágenes. ¿Qué pasa si los usuarios son los que suben las imágenes? ¿Debo controlar yo si están libres o no, o son los usuarios los responsables? ¿Y si las imágenes sólo las ven los usuarios registrados?.
    Gracias

  4. 4Foto frenzy

    Cuidado con el uso comercial de fotos libres de derechos gratis.

  5. 5Jorge

    Hola he estado viendo la página de SXC y hay algunas fotos que me han gustado para una página web que estoy desarrollando. He leído la licencia de una foto y me indica que, en principio está permitido usarla en formato digital para una web (sin intención de vender la imagen ni de distriburla, sólo que aparezca junto con otras fotos en la página de inicio como foto principal), sin embargo no entiendo que es eso de la licencia extendida y no sé si la necesitaría yo.
    Espero vuestra opinión al respecto.

    Un saludo

  6. 6Pablo F Burgueño

    Con esos datos tan escasos que compartes es complicado saber a qué te refieres. De todas formas, recuerda que esto es un blog personal con información orientativa que en ningún caso puede ser considerada como asesoramiento legal; para consultas jurídicas puedes dirigirte aquí: http://www.abanlex.com/consultas-juridicas/

Responde aquí:

Advertencia de Privacidad: Los datos de carácter personal que se faciliten mediante el siguiente formulario quedarán registrados en un fichero del propietario del website y se publicarán (excepto el mail) en esta página con la finalidad de informar, permitir opininar públicamente al lector, contestar a las consultas y obtener datos estadísticos de las mismas. Por ello, es posible ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el propietario escribiendo a pablo [-arroba-] abanlex.com.



Canonical URL by SEO No Duplicate WordPress Plugin