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Clases a distancia de Aspectos legales de la Web 2.0 en la Universidad de Alcalá

Instituto de Postgrado de Estudios Culturales y de Comunicación

Un excelente profesional de la comunicación debe ser capaz de advertir las necesidades legales que requieren las campañas que proyecte y las actividades que oferte a sus clientes. Por ejemplo, una agencia de comunicación debería ofrecer a sus clientes solo acciones comerciales y de marketing que sean legales, para lo cual deberá contar con unos mínimos conocimientos jurídicos que, si bien no le bastarán para dar solución específica a todos los casos que se le presenten, le servirán para advertir la necesidad jurídica y delegar el trabajo a profesionales especializados.

La Universidad de Alcalá de Henares y el IPECC, conscientes de la importancia de dotar de conocimientos jurídicos prácticos a los alumnos del Máster en Comunicación Corporativa e Institucional Web 2.0, cuentan conmigo para que  imparta el módulo de aspectos legales de la web 2.0. A través de este módulo, que en la sexta edición abarcará los días 28 de enero a 14 de febrero de 2012, los alumnos deberán participar en debates, juegos, realizar actividades y superar un examen que les calificará como profesionales de la comunicación digital con suficientes conocimientos legales en la materia.

Ésta será la quinta ocasión que imparta la asignatura en la UAH, universidad en la que también he impartido clase de “Redes sociales aplicadas al deporte“. A priori el módulo puede parecer arduo y en ocasiones los alumnos entran al principio en el aula virtual algo atemorizados… pero en todas las ediciones terminan encantados y con la sensación de haber aprendido infinidad de tips útiles para el eficiente desarrollo de su actividad.

La reflexión que copio a continuación es una de las que ofrezco a los alumnos para que opinen sobre ella y vayan sacando nuevos hilos de debate que me permita explicarles a lo largo de 15 días la forma correcta de usar obras de terceros, las licencias Creative Commons, la importancia de las sociedades de gestión de derechos de autor, los límites de la LPI, cómo registrar textos e imágenes…

La cualidad principal que diferencia al ser humano del resto de animales es su capacidad creativa. Esta capacidad y los resultados que de ella se derivan es lo que la propiedad intelectual protege. Debemos diferenciar dos ámbitos de protección:

  • La protección de la labor creativa espiritual (Derechos morales): Por ejemplo, que se nos reconozca “autores” de lo que creamos o que se nos permita ver nuestras obras originales aunque las hayamos vendido.
  • La protección del rendimiento económico (Derechos Patrimoniales): puesto que por el mero hecho de crear casi nadie obtiene un solo euro, se otorga al autor la posibilidad de que explote su obra como quiera para ir recibiendo dinero en función de su éxito. Y puesto que no constituye algo tangible que pueda entregar físicamente a sus hijos (como una casa o un coche), se concede a los herederos un plazo limitado de tiempo para obtener rendimiento de la obra. Evidentemente, cuanto más comercial sea la obra, más rendimiento se sacará (la mayoría de las obras quedarán en el olvido y nadie obtendrá un solo euro por su explotación).

Por otro lado, el ser humano es un ser social cuya fuerza radica en la unión y la puesta en común de conocimientos. Este hecho hace necesario que todo lo que se crea revierta en la sociedad. Puesto que esta necesidad social choca frontalmente con los derechos de propiedad intelectual, se concede al autor un plazo de explotación limitado, transcurrido el cual sus Derechos Patrimoniales pasan a toda la sociedad en su conjunto, de forma que cualquiera pueda explotar la obra.

Con la llegada de Internet, el anonimato digital y las nuevas tecnologías, la posibilidad de usar, copiar, descargar,  transformar, vender y regalar obras se multiplica.

Comienzan a surgir dudas sobre si es más importante proteger a la persona que crea o la que consume. Con la excusa de que “hay gente que cobra mucho” o que “los discos son muy caros”, miles de usuarios descargan anónimamente obras sin respetar el plazo de protección que la ley concede a los autores. Me pregunto quién es el fuerte en Internet. ¿El autor o los usuarios?

Un post ilustrado con una imagen es más atractivo que otro compuesto únicamente por texto. A muchos bloggers y periodistas les molesta que otros les copien y fusilen sus artículos. Sin embargo, toman sin pudor fotografías e imágenes sin tener en cuenta el esfuerzo creativo del fotógrafo o artista gráfico, sin respetar el plazo de protección, sin pedirle permiso, sin citar su autoría, sin hacer si quiera referencia a la fuente.

Usar algo que otra persona ha hecho y al menos citarle como autor es lo mínimo (y puede ser suficiente si el autor solo quiere que se le cite). Es una cuestión de respeto. Y si este autor no desea que sus dibujos se usen sin su permiso, me tomaré la molestia de preguntarle primero. Y si quiere vivir de su trabajo como dibujante, le pagaré por poner el dibujo en mi web o me iré a otro que me lo regale.

¿Realmente creéis que es relevante si gano o no dinero con mi blog para citar o respetar el trabajo de los demás? ¿O pensáis que hay muy poco respeto por el trabajo de los demás?

OJO: Antes de que algún alumno se aventure a decir que el uso de imágenes en blogs se encuadra dentro del  mal llamado “derecho de cita”, sabed que la “cita” NO ES UN DERECHO DEL USUARIO, sino un LÍMITE impuesto al autor que le impide oponerse a que sus obras se usen como el artículo 32 de la Ley de Propiedad Intelectual establece. Leed muy detenidamente este artículo y analizadlo. Es muy breve y vale la pena conocerlo.

¿Qué opinas?
(Puedes opinar de todo o de algo de lo expuesto y, naturalmente, puedes y debes responder a tus compañeros para generar debate)

De la misma forma, se generan hilos de debate sobre comercio electrónico, protección de datos, sorteos y promociones, publicidad en Internet y otros en función de las inquietudes concretas que muestre cada grupo. Al comienzo del módulo facilito a los alumnos un manual de Derecho práctico enfocado a su actividad de unas 100 páginas de extensión, con multitud de ejemplos y casos reales. A lo largo del módulo les pido la elaboración y entrega de tres actividades obligatorias y les invito a participar en juegos y actividades voluntarias. Finalmente deben hacer individualmente y entregar en plazo un examen tipo test de 25 preguntas especialmente elaboradas para analizar la comprensión de la materia por parte del alumno. Todo ello, en una moderna plataforma virtual de enseñanza y con la guía y acompañamiento del tutor.

Recursos:

Opiniones de mis alumnos:

  • Ver más opiniones en mi perfil de LinkedIn
  • Cristina: “Pablo F. Burgueño es un profesor extraordinario; ha dado muestras de habilidad, destreza y alta competencia transmitiendo los aspectos legales de la web 2.0 en el máster online en Comunicación Corporativa e Institucional Digital Web 2.0, impartido por Ipecc y la UAH”
  • Nuria: “Considero a Pablo Burgueño como uno de los mejores profesores del master de comunicación corporativa PR 2.0 de la Universidad de Alcalá de Henares”
  • Silvia: “Excelente y exigente profesor.”
  • Isaac: “No es fácil motivar y trasladar conocimientos técnicos en una asignatura tan densa como derecho en la red. Por eso tiene un mérito especial que Pablo haya conseguido que su módulo haya sido uno de los más participativos y de los más aprovechados del máster.”
  • María del Rosario: “Como profesor, es uno de los mejores del Master en Comunicación Corporativa e Institucional Digital Web 2.0.”
  • Gonzalo: “Es un profesor bastante bueno que consigue que todos nos involucremos en la creación y seguimiento de debates.”

La Cyberseguridad interesa a los bloggers

El Security Blogger Summit 2010 (#SbS10 y @SecurityBlogS en Twitter) tuvo lugar el pasado 4 de febrero en el Círculo de Bellas Artes de Madrid, organizado de forma magnífica por el equipo de comunicación de la empresa española Panda Security, encabezado por Carlos y Yolanda, siempre bajo la dirección del jefe Juan Sanatana, de quienes recibí por segundo año cosecutivo una invitación para acudir al evento como blogger interesado en la cyberseguridad.

Desde primera fila Fernando Tellado y yo tomamos nota de todo, antes y después de la esperadísima llegada de Paloma Llaneza, ilustre del Derecho, especialista en seguridad, representante del CNCCS y, además, persona sensata ahí donde las haya.

Brian Krebs, uno de los primeros ponentes en intervenir, comenzó haciendo alusión a las bondades del cloud computing como recurso fundamental en la lucha contra el cibercrimen gracias a la posibildad que ofrece de compartir datos en tiempo real sobre seguridad. Paloma Llaneza, por su parte, habló sobre la figura de los “huérfanos digitales” refiriéndose a la situación común en la que se encuentran  muchos padres al creer que sus hijos son expertos en el uso de redes sciales e Internet, sin darse cuenta de que desconocen la ilitud de determinados actos y los riesgos que estan asumiendo. Sin duda, dijo Paloma, falta una verdadera consciencia del significado de la tecnología.

Se habló también del problema de la geolocalizacion voluntaria descontrolada como fuente de información para criminales del mundo offline y online por igual. Marcelo Rivero recordó a los asistentes que los creadores de malware ya no buscan reconocimiento sino beneficio y afirmó que se está produciendo un peligroso aumento del malware de ingeniería social. John Leyden respondió que  es precisamente la diversidad de plataformas y Sistemas Opertivos la que dificulta en extremo la labor de contención y supresión de actividades criminales.

Según afirmó Marc Cortes, el miedo lleva a la desconexion. Pero ya es imposible estar desconectado. Debido a que para Marc la seguridad es tan solo un tema de percepción, su propuesta fue clara: “los ordenadores no pueden estar perfectamente protegidos pero se puede generar la percepción de que está seguro”. Esta fue una de las afirmaciones que más revuelo causó en la mesa, pero no la única ni la más polémica. Uno de los debates más candentes de la tarde fue el protagonizado por Paloma Llaneza y Yago Jesús: Mientras que Paloma abogaba por la dualidad protección tecnológica – concienciación del usuario, Yago Jesús se encasilló en una postura populista y llena de adeptos tecnófilos sobre la necesidad de que todo el software se produzca seguro por defecto, no dejando nada al arbitrio o voluntad del usuario, que, por defecto, no sabe hacer la o con un canuto. Aunque solo fuese por la gracia y contundencia con la que Yago Jesús expresó sus convicciones tan apegadas al día a día de los usuarios (“las campañas mágicas no funcionan”; y “el usuario es un inculto tecnológico y no quiere aprender”), arrancó varias oleadas de aplausos del público.

Javier Sanz, otro de los sensatos del día, informó apoyado por su experiencia como administrador de ADSL Zone que “la mayoría de los infectados lo son por temerarios. Son usuarios que no toman ni las mínimas medidas de seguridad”. Además, confirmó la existencia de una imparable proliferación de antivirus falsos y advirtió que uno de los focos más comunnes de infección son los pendrives que se comparten entre amigos y compañeros de trabajo.

Por último, Joseph Menn afirmó que es imposible arreglarlo todo y Kurt Wismer se preguntó “¿por qué la ejecución de la normativa no es tan buena como debería ser?”

La excelente jornada organizada por Panda y securizada por Luis Corrons, Protector de las redes, concluyó con un agradable canapé (por la conversación y por lo bueno que estaba el canapé) en el que, como anécdota, asistí al peculiar ritual de integración de una canapera entrada en canas.

Aspectos legales de la web 2.0. Máster en Comunicación

Durante los meses de enero y febrero he tenido la oportunidad de impartir clase en la Universidad de Alcalá, en el Máster en Comunicación Corporativa e Institucional Digital Web 2.0, del que es Javier Celaya su Director. La nueva convocatoria del máster ya ha empezado y volveré a dar clase en pocos meses.

El módulo del que soy responsable tiene el título Aspectos legales de la web 2.0 y está dirigido a profesionales del mundo de la comunicación corporativa y la prensa digital.

La Comunicación Corporativa e Institucional Digital web 2.0 supone el desarrollo de acciones encaminadas a promocionar la empresa, aumentar su visibilidad y gestionar su identidad online. Para ello, consciente o inconscientemente se:

  • Recaban y tratan datos de carácter personal
  • Generan y utilizan contenidos con propiedad intelectual
  • Hace uso de marcas, nombres comerciales y dominios
  • Comunica y comercia a través de páginas web o sistemas electrónicos

A lo largo del módulo se analizan los principales aspectos legales a tener en cuenta en la comunicación digital, haciendo especial hincapié en aquellas cuestiones prácticas que deben ser objetivamente cumplidas por toda empresa que se dedique a la realización de actividades de Comunicación Corporativa e Institucional Digital web 2.0.

Adicionalmente e integrados en la parte teórica, se han incluido pequeños casos prácticos, algunos reales y otros ficticios, de manera que ayuden a la mejor comprensión de la terminología, tendencias, doctrinas y artículos que se citan en el módulo.

Finalmente, se plantea al alumno un caso práctico que podrá resolver con el conocimiento adquirido a lo largo del presente módulo.

No pretendo formar a especialistas en Derecho Tecnológico, para lo cual haría falta un máster completo sobre la materia, sino inculcar los conocimientos legales básicos que afectan a la comunicación 2.0 con el fin de que los alumnos conozcan los requisitos y consecuencias jurídicas que puede conllevar una concreta actividad de comunicación. No obstante, debido a que este módulo no se encuadra en un cursillo de verano sino en un curso de postgrado profesional, cuenta de una alta carga lectiva, memorística y de reflexión, que exige al estudiante la dedicación de tiempo y esfuerzo suplementario.

Al finalizar el módulo los alumnos son capaces de:

  • Explicar cada uno de los derechos de propiedad intelectual que la ley otorga a los autores.
  • Detectar incumplimientos de la normativa de propiedad intelectual.
  • Aplicar licencias a trabajos, páginas web y otras obras
  • Distinguir y explicar las diferencias entre marca, nombre comercial, denominación social y dominio.
  • Resumir los puntos básicos que afectan al comercio electrónico y la publicidad en internet.
  • Enumerar las obligaciones legales de los prestadores de servicios de la sociedad de la información
  • Enumerar los requisitos legales para adecuar una campaña de comunicación 2.0 a la normativa de protección de datos

Por ahora, las valoraciones del módulo realizadas por los alumnos son bastante positivas.

Drawing shadows:Una Playlist para Spotify

pablofb22---copiaLos sistemas colaborativos basados en inteligencia colectiva llevan años cosechando éxito en en Internet. La lista de ejemplos significativos la encabezan Last.fm, Wikipedia y Knol…  Pero desde hace unos meses Spotfify (crear cuenta gratis y sin invitación) se las ha unido gracias a iniciativas como Spotyshare, un compilador de Playlists para Spotify creadas por los propios usuarios.

En mi caso, tras varios años de uso de Last.fm, generé una lista de grupos de música preferidos que, de otra forma, jamás hubiera conocido o de los cuales nunca me habría llegado a aprender sus nombres. En el momento en que el servicio se volvió exclusivamente de pago, trasladé mi playlist a Spotify, creando varias listas de reproducción. Drawing shadows es una de estas listas con los principales éxitos de los 100 grupos de música que más veces recibieron mi scrobbling en Last.fm. Una vez creada la lista, la compartí en Spotyshare; hace pocas horas la he abierto para convertirla en colaborativa y en pocos minutos ha alcanzado el grado de “popular”. Pero lo sorprendente es que en esos pocos minutos ya ha cambiado su estructura varias veces, ha mutado, aumentado de tamaño y mejorado considerablemente gracias a las aportaciones y ediciones de usuarios anónimos.

En comentarios puedes dejar recomendaciones, opiniones y enlaces a tus listas publicadas en Spotyshare!

Clasificación de Redes Sociales

wipleyLas redes sociales propician la interacción de miles de personas en tiempo real, con base en un sistema global de relaciones entre individuos basados en la estructura social de Georg Simmel. Si tenemos en cuenta que toda actividad humana genera consecuencias jurídicas, podemos afirmar que las redes sociales no son otra cosa que máquinas sociales diseñadas para fabricar situaciones, relaciones y conflictos con multitud de efectos jurídicos.

Redes sociales hay fundamentalmente de dos tipos:

  • Analógicas o Redes sociales Off-Line: son aquellas en las que las relaciones sociales, con independencia de su origen, se desarrollan sin mediación de aparatos o sistemas electrónicos. Un ejemplo de red social analógica lo encontramos en la Sentencia núm. 325/2008 de 22 mayo de la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 10ª) que la cita en un caso de adopción y acogimiento de menores, indicando que el “matrimonio [...] cuenta con una amplia red social y familiar y gozan de buena salud […]”.
  • Digitales o Redes sociales On-Line: son aquellas que tienen su origen y se desarrollan a través de medios electrónicos. A continuación veremos algunos de los ejemplos más representativos.

Las redes sociales han existido desde el comienzo de los tiempos, desde que el hombre es un zoon politikon. En cambio, la digitalización de éstas es muy reciente y en poco tiempo se han convertido en el fenómeno mediático de mayor envergadura. Para comprender la nueva realidad social debemos conocer en profundidad los diferentes tipos de redes sociales digitales (en adelante, redes sociales) que operan en la Red. Usaremos la siguiente clasificación:

  • Por su público objetivo y temática:
    • Redes sociales Horizontales: Son aquellas dirigidas a todo tipo de usuario y sin una temática definida. Se basan en una estructura de celdillas permitiendo la entrada y participación libre y genérica sin un fin definido, distinto del de generar masa. Los ejemplos más representativos del sector son Facebook, Orkut, Identi.ca, Twitter.
    • Redes sociales Verticales:Están concebidas sobre la base de un eje temático agregador. Su objetivo es el de congregar en torno a una temática definida a un colectivo concreto. En función de su especialización, pueden clasificarse a su vez en:
      • Redes sociales Verticales Profesionales: Están dirigidas a generar relaciones profesionales entre los usuarios. Los ejemplos más representativos son Viadeo, Xing y Linked In.
      • Redes sociales Verticales De Ocio: Su objetivo es congregar a colectivos que desarrollan actividades de ocio, deporte, usuarios de videojuegos, fans, etc. Los ejemplos más representativos son Wipley, Minube, Dogster, Last.FM y Moterus.
      • Redes sociales Verticales Mixtas: Ofrecen a usuarios y empresas un entorno específico para desarrollar actividades tanto profesionales como personales en torno a sus perfiles: Yuglo, Unience, PideCita, 11870
  • Por el sujeto principal de la relación:
    • Redes sociales Humanas: Son aquellas que centran su atención en fomentar las relaciones entre personas uniendo individuos según su perfil social y en función de sus gustos, aficiones, lugares de trabajo, viajes y actividades. Ejemplos de este tipo de redes los encontramos en Koornk, Dopplr, Youare y Tuenti
    • Redes sociales de Contenidos: Las relaciones se desarrolla uniendo perfiles a través de contenido publicado, los objetos que posee el usuario o los archivos que se encuentran en su ordenador. Los ejemplos más significativos son Scribd, Flickr, Bebo, Friendster,  Dipity, StumbleUpon y FileRide.
    • Redes sociales de Inertes Objetos: Conforman un sector novedoso entre las redes sociales. Su objeto es unir marcas, automóviles y lugares. Entre estas redes sociales destacan las de difuntos, siendo éstos los sujetos principales de la red. El ejemplo más llamativo es Respectance.
  • Por su localización geográfica
    • Redes sociales Sedentarias: Este tipo de red social muta en función de las relaciones entre personas, los contenidos compartidos o los eventos creados. Ejemplos de este tipo de redes son: Rejaw, Blogger, Kwippy, Plaxo, Bitacoras.com, Plurk
    • Redes sociales Nómadas: A las características propias de las redes sociales sedentarias se le suma un nuevo factor de mutación o desarrollo basado en la localización geográfica del sujeto. Este tipo de redes se componen y recomponen a tenor de los sujetos que se hallen geográficamente cerca del lugar en el que se encuentra el usuario, los lugares que haya visitado o aquellos a los que tenga previsto acudir. Los ejemplos más destacados son: Foursquare, Gowalla, Latitude, Brigthkite, Fire Eagle y Skout.

Soy de los que consideran que una de las primeras redes sociales digitales en consolidarse fueron los MMORPG. Por lo tanto, creo que también se podría añadir la plataforma como factor diferenciador de redes sociales. Así, añadiría:

  • Por su plataforma
    • Red Social MMORPG y Metaversos: Normalmente construidos sobre una base técnica Cliente-Servidor (WOW, SecondLife, Lineage), pero no tiene por qué (Gladiatus, Travian, Habbo).
    • Red Social Web: Su plataforma de desarrollo está basada en una estructura típica de web. Algunos ejemplos representativos son: MySpace, Friendfeed y Hi5

 

Fuente de la Imagen: @josek_net de Wipley.
Nota: Puedes copiar este artículo y usarlo incluso con ánimo de lucro. Sólo se pide respetar la autoría y citar la fuente. (Licencia Creative Commons Reconocimiento 3.0 España License.)

Construir una red social para las bibliotecas es posible

Con motivo de la celebración -el pasado martes- de la Sesión Técnica de Bibliotecas para la Comunidad de Madrid, tuve la oportunidad de compartir una jornada con documentalistas y bliotecarios de Madrid enormemente interesados por el fenómeno de la web 2.0.

Una de las mayores inquietudes que los bibliotecarios pusieron de manifiesto durante la jornada es el riesgo de aumentar aún más la brecha digital si basamos todo el sistema bibliotecario en plataformas web y web 2.0. Sin embargo, uno tras otro, los distintos ponentes de cada una de las mesas iban explicando al auditorio los motivos por los que dicho aumento no sólo no iba a producirse sino que la digitalización de los contenidos y las relaciones contribuirían a la paulatina desaparición de la misma. Por medio de la publicación digital de libros, el acceso remoto o la interacción usuario-biblioteca a través de la red, un mayor número de personas podrían acceder a los contenidos que ahora ofrecen las bibliotecas.

Los medios tradicionales de las bibliotecas no desaparecerán, pero se convertirán en simples alternativas al principal, el digital. Por tanto, la labor del bibliotecario se transforma de cara a los usuarios: pasa de un mero consejero literario a un verdadero educador de acceso a la cultura.

Una red social en el marco de las bibliotecas públicas es posible. Hace no mucho tiempo analicé junto con el documentalista Juan Miguel Olry, el fenómeno de las bibliotecas 2.0 en Alemania.  Según pudimos comprobar, hablando con Ulrike Mühlschlegel, Directora de la sección española de la biblioteca del Instituto Iberoamericao de Berlín, “por medio de herramientas web 2.0 como la sindicación, los wikis, la inclusión de tags y la creación de páginas y portales semánticos, se puede lograr la plena participación de los usuarios en la gestión bibliotecaria incentivando además la creación de contenidos por los propios lectores”.

Sin embargo, he descubierto que demostrar al sector público, y más al de las bibliotecas, que las redes sociales son útiles, es como tratar de explicar a una comunidad de vecinos que las antenas de telefonía móvil son seguras. No así a los que acudieron a la jornada, que conocían su utilidad y querían analizar la mejor forma para ponerlas en marcha. El resto, en cambio, no se da cuenta, como bien me indicó Ildefonso Mayorgas hace un par de días, que las redes sociales han existido siempre: Todos tenemos un grupo de amigos , un vecindario, formamos parte de alguna asociación o somos parroquianos de algún bar o cervecería; todos tenemos una red social. Lo que pretendemos ahora es reflejarla -o replicarla- en internet para convertirla en más global, más permanente, más cercana y dotarla, en definitiva, de mayor utilidad.

Una red social de bibliotecas impulsaría la sociedad en red de los contenidos digitales y de la interrelación entre personas: sujetos con capacidad social que desean conocerse, saber con quién pueden compartir mesa de estudio, qué libros recomienda su grupo de discusión, cuáles son los últimos libros adquiridos por la biblioteca, cuál es la calificación que cada usuario ha dado a éstos… Si ahora cualquiera puede acceder a mi perfil de Last.fm para ver qué música escucho y encontrar coincidencias de gustos, ¿por qué no puedo hacer lo mismo con los libros que leo? Una red social de bibliotecas haría más sencillo el acceso a la cultura, crearía grupos de estudio y convertiría a la Biblioteca en un verdadero centro de referencia.

Debido a mi perfil de abogado, mi intervención en la Sesión Técnica de Bibliotecas para la Comunidad de Madrid se basó en los requisitos legales que una red social de bibliotecas debería cumplir, y en especial a la normativa aplicable en materia de privacidad. Dejo a vuestra disposición el material de mi ponencia:

Presentación: Habitualmente pongo aquí directamente la presentación, pero como el sistema que uso me está fallando, os remito directamente a la web en la que la tengo alojada, por si os interesa consultarla.

RevistaDeArte.com

Durante los últimos meses he estado trabajando en un proyecto propio: crear la primera Revista  de Arte 2.0 de Internet. ¡Y puedo decir que ya está terminada!

Cuenta con una plantilla fija que trabaja principalmente desde Madrid y un reducido número de colaboradores externos de prestigio (como, por ejemplo, Andrés Merino, entre otros) que envían a redacción artículos y columnas de opinión. Yo soy, digamos, el Director jurídico y tecnológico, es decir, el que se pelea a diario con los códigos para que funcionen correctamente y el que adapta la revista a las normas legales aplicables a las publicaciones on-line.

Desde el punto de vista técnico, he procurado cuidar todos los detalles para conseguir dar a la revista un tono participativo, elegante y cultural. Lo más complicado fue adaptarla correctamente a Internet Explorer porque, como ya he comentado otras veces, IE lee mal el código fuente y hay que “destrozarlo” para que se vea bien (con el resto de navegadores no hay problema). Lo más entretenido fue generar una barra lateral dinámica que cambie según el tipo de página en la que te encuentres.

¿Qué tiene de 2.0?

  • CMS colaborativo: La revista corre sobre WordPress con una versión (muy) modificada de una plantilla libre.
  • Conversación: Todas las noticias pueden ser comentadas, ¡naturalmente!
  • Contenidos audiovisuales dinámicos: Nuestros reporteros e incluso los Directores van siempre con una cámara bajo el brazo y todo se sube a Youtube. Tenemos canal propio, gente suscrita y comentarios. Los vídeos principales se ven en portada y el resto en sus correspondientes noticias.
  • Elige tu medio de suscripción: Los lectores se pueden suscribir al Feed por e-mail, agregadores… y siempre a través de FeedBurner.
  • Microblogging: ¡Claro que tenemos twitter propio! (y facebook, FriendFeed…)
  • Easter eggs, funcionalidades ocultas y otras cosas curiosas.

Nota: Estamos estudiando la posibilidad de que los mismos usuarios puedan subir sus propias noticias. ¡Eso sí sería 2.0!

¡Hey! La revista es totalmente gratuita y se financia gracias a la publicidad y los patrocinios.

Curiosidad: El 98% de los lectores de Revistadearte.com ha elegido el e-mail como medio de suscripción (en un blog normal, menos del 12% elige esta vía).

Agradecimientos: Martin Fitzpatrick, Miguel Ángel Mata, Michael Oeser, Matt Mullenweg, Michael Torbert, John Leavitt, Duane Storey, Dale Mugford, John Watson, Arne Brachhold, Jeff Minard, Brad Touesnard, Rob Marsh SJ., Peter Sterling, Joost de Valk, Matt Carpenter, Michele Marcucci, Andrew Ozz, Alex King, Helene D., Christopher Collareta, Jason Sabella, David Harper, Roy Tanck y Jens Törnell.

Formas de obtener el consentimiento mediante web

Recomendaciones para no juristas: Mantén una política de privacidad en tu web, no permitas que el usuario introduzca datos sin haber sido informado previamente de todos los extremos que indica la Ley 15/1999 y recuerda que ante una inspección la carga de la prueba es tuya. (Aviso: con seguir estas recomendaciones no basta. Consulta a un abogado de protección de datos especializado en Nuevas Tecnologías)

Respuesta para juristas:

El artículo 6.1 de la Ley Orgánica 15/1999 dispone que “El tratamiento de los datos de carácter personal requerirá el consentimiento inequívoco del afectado, salvo que la Ley disponga otra cosa”. Este consentimiento deberá ser, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 h) “libre, inequívoco, específico e informado”, debiendo en consecuencia aparecer vinculado a las finalidades determinadas, específicas y legítimas que justifican el tratamiento de los datos

La manifestación de los requisitos legalmente exigidos al consentimiento del afectado se realiza en la práctica a través de la información al afectado, en el momento de la recogida de sus datos de carácter personal, de los extremos esenciales relacionados con el tratamiento, recabando a tal efecto su consentimiento en relación con los aspectos específica e inequívocamente hechos constar en la mencionada información. El consentimiento podrá obtenerse de forma expresa o tácita.

El deber de información al afectado aparece regulado en la Ley Orgánica 15/1999 por su artículo 5, cuyo apartado 1, aplicable al supuesto de recogida de datos del propio afectado, como sucedería en el caso descrito en la consulta, establece que los interesados a los que se soliciten datos personales deberán ser previamente informados de modo expreso, preciso e inequívoco:

  1. De la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información.
  2. Del carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a las preguntas que les sean planteadas.
  3. De las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos.
  4. De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
  5. De la identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su representante.

En el supuesto de que la recogida de datos se realice a través de una página web, las obligaciones a las que acabo de referirme, suelen cumplirse mediante formularios y cláusulas a los que se accede a través de enlaces como pueden ser “aviso legal” o “política de protección”. También es importante incluir algún tipo de “link” de este tipo en relación con los derechos de los interesados de rectificación, cancelación, acceso y oposición.

En cuanto al consentimiento informado, este habrá de recabarse de tal forma que resulte imposible la introducción de dato alguno sin que previamente el afectado haya conocido la advertencia que contenga las menciones a las que me he referido antes.

Por último indicar a efectos ilustrativos que el Real Decreto 1720/2007 establece en su artículo 14 la fórmula de los 30 días para recabar el consentimiento tácito inequívoco, con las limitaciones legales expresas que ello conlleva.

Además el citado texto legal viene a establecer en el artículo 12.3 que “Corresponderá al responsable del tratamiento la prueba de la existencia del consentimiento del afectado por cualquier medio de prueba admisible en derecho”; por tanto cualquiera que sea la forma en la que se recabe el consentimiento, deberá el responsable de disponer de las pruebas que acredite que dispone del consentimiento del afectado para tratar sus datos.

Fuente: Informe Jurídico 93/2008 de la AEPD

Los 31 mejores plugins para WordPress

El tema de los mejores plugins para WordPress está demasiado trillado en Internet Google. Hay quien habla de los 8 mejores, de los 10, de los 50 y hasta de los 72! Pero me comprometí a contar cuáles eran mis preferidos y aquí los tenéis. Son 31:

  1. Admin Favicon: ¿Ves ese icono de ahí arriba, junto a la URL del blog? Se llama favicon. Se puede poner introduciendo una línea muy sencillita en el código o a través de este plugin.
  2. AdSense Manager: Me ayuda a poner anuncios Adsense en el blog, porque en WordPress no basta con insertar el código que nos facilita Google Adsense. He procurado que la publicidad sea lo menos intrusiva que posible, sacrificando ingresos. ¿La encontráis?
  3. Akismet: Tú no lo notas, pero si fueras un robot que se dedicase a publicar spam en los comentarios sí lo notarías. Akismet bloquea los mensajes de spam que se intentan publicar en el blog.
  4. All in One SEO Pack: Ayuda al blogger a publicar de forma atractiva para los buscadores
  5. Broken Link Checker: Permite encontrar links que no llevan a ninguna parte. Si encontráis alguno es porque ando mal de tiempo y no me da para corregirlos. Pero BLC los tiene localizados.
  6. DBC Backup: Me encanta editar el código y la base de datos por dentro, para ver qué pasa. Consecuencia: me cargo el blog al menos una vez al mes. Por eso, tener un backup o copia de seguridad es fundamental.
  7. FD Feedburner Plugin: La mejor forma de facilitar la vida a la gente que quiere seguir lo que escribo es utilizar Feedburner. Este plugin cambia la URL original del feed por la de feedburner. (En este blog, el feed termina en …/Ley20. Si tienes curiosidad, aquí explico por qué).
  8. Genki Feedburner SiteStats: Pero, además, feedburner me da estadísticas de acceso y visitas. Para integrar de forma sencilla este servicio de Google con mi blog, utilizo el plugin Genki FS.
  9. Global Translator: ¿Que me quieres leer en inglés, francés, ruso? No hay problema. Por ejemplo, lee este post en japonés.
  10. Google XML Sitemaps: Este plugin crea un mapa de mi blog y se lo envía a Google.
  11. Hello Dolly: Es entretenido e inútil a la vez. Pero mola. Sólo lo veo yo y únicamente desde el panel de control. Son frases aleatorias que hacen de la edición del blog algo más ameno. Ahora me dice: You’re still glowin’, you’re still crowin’
  12. Lightview Plus: Por un pequeñísimo coste (el resto de plugins aquí listados son gratuitos) te puedes hacer con este plugin que hace que pulsar sobre fotos e imágenes de tu blog sea más chulo que pulsar en las de otros. Prueba con la imagen superior del post.
  13. Post-Plugin Library: Vale, este sí que ni lo notas tú, ni lo noto yo. Pero hace que funcionen muchos de los plugins que hay en esta lista. O lo tienes, o no tienes nada.
  14. Similar Posts: Un plugin muy útil. Permite colocar una lista de entradas relacionadas, en cualquier parte del blog. Por ejemplo, yo sólo lo tengo puesto debajo del post y únicamente aparece si se está viendo la entrada sola (lo he puesto así para no agobiar con demasiada información). Lo bueno es que este plugin lee todo tu blog y relaciona entradas por títulos, tags y contenido, según los porcentajes de relevancia que le hayamos querido dar a cada una de estas partes del post.
  15. Simple Archive Generator: Te ayuda a genera esto.
  16. SlideShare: Permite embeber presentaciones ppt subidas previamente a SlideShare.
  17. Sociable: En mi caso, sólo se ve cuando la entrada se muestra sola. Es una tira personalizable de botones para enviar el post a Digg, Del.icio.us, facebook, etc.
  18. SwfObj: Aún no lo he usado nunca pero parece muy útil. Su función es simple: ayuda a subir archivos flash (swf) al blog.
  19. TIL Technorati Incoming Links: La versión 2.5 de WordPress ha sustituido el cuadro de información de Technorati sobre sitios que enlazan con el blog, por la misma herramienta pero de Google. Este plugin la recupera sin quitar la de Google.
  20. TinyMCE Advanced: En el primer párrafo he tachado una palabra gracias a las opciones avanzadas de edición que añade TinyMCE. Y puede hacer mucho más…
  21. Twitter Tools: Para mí Twitter es una herramienta más de comunicación para transmitir noticias relevantes, estar en contacto con mis conocidos y avisar de lo nuevo que escribo y publico. Esta herramienta me facilita la vida avisando en Twitter por mí.
  22. Ultimate Plugins Smart Update Pinger: Conocer qué servicios pueden recibir pings o acordarte de enviarlos es una tarea imposible. Este plugin los envía automáticamente por mí.
  23. WordPress.com Stats: Me dice cuántas visitas tiene mi blog al día, qué busca la gente, donde hacen click… Es como Google Analytics pero en chiquitito y en tu propio panel de control.
  24. WordPress Automatic Upgrade: Sólo sirve cuando sirve. Es decir, cuando hay una versión nueva de WordPress y no quieres ponerte a pensar qué archivos tienes que subir o cuáles debes eliminar. El plugin lo hace solo.
  25. WordPress Database Backup: Dada mi afición por investigar y editarlo todo, un segundo plugin de backups no me viene nada mal
  26. WordPress Mobile Edition: ¿Y si quiero ver mi blog desde el móvil? Aún no lo he hecho pero, ¿y si quiero?
  27. WordPress Wii Edition: ¿Y si quiero ver mi blog desde la Wii? Esto sí lo he hecho. Pero reconozco que es una tontería.
  28. WP-OpenID: Esto ya no es ninguna tontería. El OpenID permite no tener que registrarte una y otra vez en todas las páginas que visitas. Te das de alta en cualquier servidor de OpenID y ya jamás tendrás que volver a dar los datos en ninguna web. WP-OpenID integra esta tecnología en tu blog (¡prueba a dejar un comentario usando OpenID!)
  29. WP Google Analytics: Es una herramienta para vagos. Copias el código de Google Analytics, lo pegas en el huequecito y te olvidas.
  30. wpLicense: Pedro J Canut me va a matar, pero hasta que no me estudie bien su sistema, Color Iuris, prefiero usar Creative Commons. Este blog lo puedes copiar entero, de arriba a abajo, y publicarlo, imprimirlo, regalarlo e incluso venderlo sin darme un duro por ello. Eso sí, ni se te ocurra modificarlo, alterarlo o transformarlo, porque te crujo. Y siempre, siempre, siempre, cita al autor (que soy yo, todo sea dicho) y linkea a este blog. Es lo único que pido.
  31. WP Security Scan: Confío mucho en la gente y no entiendo el fastidiar por fastidiar de algunos hackers que tiran, destrozan o eliminan blogs de otros. De todas formas, y para evitar problemas, intento poner algunas barreras técnicas, y este plugin me ayuda.

¿Cuáles son tu 10 plugins preferidos? (o tus 3, 6, 12…)

Imagen de MellerTime

La AEPD estrena web

La Agencia Española de Protección de Datos ha decidido subirse al carro de la Web 2.0000000000. Perdón; es que cuando hablo de la AEPD suelo pensar en muchos ceros.

Y perdón nuevamente, porque cuando dije 2.0 quería decir 1.0. Me comenta una fuente no contrastada que la AEPD se quedó sin presupuesto para hacer una web decente. Yo lo dudo, que quieres que te diga. Con un presupuesto anual de 11 millones de euros salido directamente de las arcas del estado y una cuenta corriente en la que ingresa cada mes más de 1 millón de euros y cuyo titular es precisamente la Agencia… ¡ya se podían haber estirado un poco!

Pero vamos a empezar por las cosas buenas de la web, ¿no?

Bien… ahora sigamos con las malas… ¡Es broma! Empecemos con las buenas:

  • Seguridad: La página web cuenta con certificado del servidor SSL de VeriSign Trust Network desde la primera página. No puedo callarme la crítica: ¡¡¿Para qué le han añadido un cifrado de 128 bit a la home?!! ¿Es un banco? ¿No quiere que otra gente sepa que consultamos su página? ¿Pretende ralentizar MÁS la carga? Fijaos lo que supone ver la página inicial con un nivel de cifrado alto (botón derecho/propiedades/seguridad):

La página que está viendo fue cifrada antes de ser transmitida por Internet

El cifrado hace muy difícil que gente no autorizada pueda ver la información que viaje entre dos ordenadores. Por tanto, es muy improbable que alguien haya leído esta página mientras viajaba por la red.

  • ISO-8859-1: Muy bien. La página se adapta a la normalización internacional de codificación permitiendo así incluir diacríticos y símbolos especiales.
  • W3C: Nuevo acierto de la AEPD al confiar en la estructura normalizada de la W3C, XHTML™ 1.0 The Extensible HyperText Markup Language (Second Edition), recomendada por ésta el 26 de enero de 2000 y revisada el 1 de agosto de 2002.
  • Actualización de contenidos: ¡Esto sí que se echaba en falta! Aquí la AEPD ha cumplido poniendo a disposición de los usuarios una serie de scrolls más o menos molestos en los que podemos seguir incómodamente las últimas resoluciones y noticias de la agencia.
  • Carga: Un código limpio en “la página inicial” hace que la página se cargue rápido. Una lástima que conserven el SSL pero así la AEPD hace que nos protege… y eso.

Y ahora unas pequeñísimas críticas:

  • Feeds: ¡¿Y dónde está el RSS?! Yo ya no concibo una web sin sistema de suscripción, aunque sea manual y por e-mail. ¿Dónde está? Y si no quieren almacenar datos de carácter personal porque no tienen dado de alta el fichero (jeje) que pongan un rss o un atom, ¡¡que eso va solo!!
  • Compatibilidad con navegadores: Dicen que sí… pero es que no. Yo uso Firefox y los mensajes en la página de búsquedas me salen fuera de la pantalla. Y al ampliar la letra se superponen unos cuadros con otros.
  • Cabecera y cuerpo: Lo que no me explico ya es el por qué de un cambio a peor. La antigua página (que aún se puede ver aquí) se adaptaba al tamaño de la pantalla. En cambio, en la nueva lo único que se ajusta es la cabecera. ¿Einh? ¿Por qué esa chapuza?
  • Scrolls: Ya lo dije arriba, pero lo recalco aquí. ¿Os habéis fijado en el enorme scroll lateral que te recuerda una y otra vez el mes y el año? Qué útil…
  • Velocidad: Intenta buscar en su base de datos. ¡No! Espera… piensa primero en qué vas a emplear los 5 minutos que tarda en encontrar un resultado. Bueno, 5 es un poco exagerado. Pongamos 4:55min. AEPD, ¡bievenidos a la era Google Mini!
  • ¿Encuentras algo más que se pueda mejorar?

El listado que hagamos de lo que tienen que arreglar se lo enviaremos al correo que tienen en su sección de accesibilidad o sugerencias para que lo hagan ya todo de una sola vez (y se ahorren así algún dinero).